Guanajuato, Gto.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), en sesión extraordinaria aprobó la emisión de la acción afirmativa para la postulación de candidaturas de personas, pueblos y comunidades indígenas a las diputaciones locales en el Congreso del Estado.

Lo anterior en cumplimiento a la sentencia emitida por el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), dentro del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano con número de expediente TEEG-JPDC-55/2020 y su acumulado TEEG-JPDC-56/2020.

De conformidad con lo establecido en los acuerdos CGIEEG/038/2023 y CGIEEG/050/2023, respecto del anteproyecto de acción afirmativa en favor de las personas, pueblos y comunidades indígenas para las diputaciones locales en el Congreso del Estado, el Instituto llevó a cabo el proceso de consulta previa, libre, informada, de buena fe, culturalmente adecuada a personas, pueblos y comunidades indígenas en materia de postulación y autoadscripción para candidaturas a diputaciones locales, de la cual se presentó un informe de resultados.

Una vez realizado el análisis de los comentarios, sugerencias y propuestas que se recabaron durante el proceso de consulta a los pueblos y comunidades indígenas en relación con el anteproyecto de acción afirmativa, a consideración del Consejo General, el principio que garantizaría la mayor posibilidad de que las personas de los pueblos y comunidades indígenas accedan de manera efectiva a un cargo público es el de representación proporcional.

Por lo anteriormente expuesto, se considera procedente implementar la siguiente acción afirmativa:

«Los partidos políticos y coaliciones al conformar las listas de diputaciones por el principio de representación proporcional, deberán postular al menos una fórmula dentro de los primeros cuatro lugares de la lista a personas originarias o pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas.»

No obstante, se deja a los partidos políticos en libertad de postular adicionalmente candidaturas indígenas, a fin de favorecer la progresividad y optimización del ejercicio del derecho de representación política de las personas pertenecientes a los pueblos y las comunidades indígenas.

 Se dará cumplimiento a sentencia del TEEG

En otro punto del orden del día se aprobó el acuerdo recaído a la sentencia emitida en el procedimiento especial sancionador TEEG-PES-60/2023 por el TEEG, relacionado con propaganda político-electoral del Partido Revolucionario Institucional.

En la sentencia del TEEG se declaró la existencia de la infracción atribuida al Partido Revolucionario Institucional por la omisión en el retiro de propaganda electoral colocada en cuatro bardas, dentro del plazo establecido en la normativa aplicable.

Se instruyó al IEEG para que una vez que quede firme la sentencia, tome las medidas necesarias para el retiro de la propaganda político-electoral que continúa exhibida en cuatro bardas referidas en la resolución, lo que deberá realizar con cargo a la ministración del financiamiento público que le corresponde al Partido Revolucionario Institucional para año 2023.

Toda vez que ha quedado firme la sentencia, se consideró pertinente que se desarrolle el procedimiento respectivo para su cumplimiento y en el momento procesal oportuno se descuente del financiamiento público para actividades ordinarias permanentes al que tiene derecho el Partido Revolucionario Institucional, la cantidad correspondiente al borrado de las bardas.